De niño, el regreso a clases después de las deliciosas vacaciones de verano es uno de los eventos más tristes del año. Pero al ser adulto, la cosa cambia totalmente. Y es que uno como padre, puede llegar a celebrar que por fin puede mandar a los hijos toda la mañana a que otras personas los cuiden y poder tener un pequeño break de paz.
Y no es motivo para sentirse mal padre o mala madre, pero es justo que todo papá o mamá quiera respirar un poco después de estar al pendiente de los hijos 24/7, ¿cierto? ¿Pero sabes que además de ese beneficio, el regreso a clases también implica beneficios fiscales? En esta nota, abordaremos el tema de las deducciones personales, ya que en este regreso a clases te conviene tener fresco este tema.
Las deducciones personales:
Recordarás que las deducciones personales son todos aquellos gastos relacionados a la salud, seguridad social, vivienda y educación. Cuando el gobierno no te proporciona estos servicios porque tú decides cubrirlos por tu cuenta, te dan la opción del beneficio fiscal de deducir estos gastos para efectos de la declaración anual; on ciertos topes y condiciones que ya revisaremos en una futura nota.
La colegiatura es deducible
Es preciso recordar en estos momentos que los pagos de colegiaturas son deducibles de impuestos con las distintas limitantes de montos anuales por grado educativo, dependiendo de las regulaciones y normativas particulares de cada país.
¿Qué requisitos necesita mi factura?
Para poder hacer deducibles las colegiaturas para efectos de la declaración anual, lo único que tienes que hacer es pedir factura al colegio en el que tengas matriculados a tus hijos. Este Colegio debe de tener autorización o reconocimiento de validez oficial de estudios. Este primer paso en teoría la institución educativa ya lo tiene cubierto, ya que de lo contrario, no podría estar operando.
En segunda instancia, los pagos deben corresponder exclusivamente a la enseñanza del alumno, por lo que cualquier otro concepto no se considerará deducible. Por ejemplo, la colegiatura es un pago que cubre la enseñanza del alumno por lo que es un concepto deducible. La inscripción o reinscripción es un derecho que se paga para tener al alumno matriculado, no es el pago de la enseñanza por sí mismo, por lo que las inscripciones y reinscripciones no son deducibles.
Si hay alguna excursión o evento extracurricular organizado por la institución educativa, tampoco se debe entender como un pago de colegiatura por lo que tampoco tiene el carácter de deducible. Cuando pidas la factura, la institución educativa te solicitará tus datos fiscales, solo cerciórate de tener tus datos a la mano.
Por último, debes de saber que esta deducción personal la puedes pagar cuando la educación la vas a recibir tú, tu cónyuge o tus hijos o tutelados.
Otros gastos deducibles
Además de las colegiaturas, también tenemos la posibilidad de deducir el pago de transporte escolar, siempre que la transportación escolar sea obligatoria en el área donde la escuela se encuentre ubicada o cuando el gasto sea incluido dentro de la colegiatura. En este caso, solo será deducible cuando el gasto se origine por tus descendientes en línea recta.
Conclusión
Ahora lo sabes, revisa estos puntos con el colegio de tus hijos y pon todo en orden para que recibas tus facturas cada que haces el pago de la colegiatura de tus hijos y disfruta de los beneficios fiscales que tiene el regreso a clases.
Fuente: El Financiero